El informe de detective privado

El Informe de Detective Privado

El informe de detective privado como informe judicial

Un informe es un texto escrito que aporta una información sobre un asunto especifico el cual contiene una serie de datos contrastados y verificados de alto nivel cuyo propósito es comunicar una información sobre una serie de hechos. Los informes están redactados de un modo que permita su total comprensión y en el mismo se explica la metodología y medios empleados en la obtención de dichos datos.

En el informe judicial de detective privado el profesional aporta una información ante un tribunal judicial como resultado de una investigación la cual difícilmente se pudiera haber obtenido sino hubiera sido presentada por el detective, motivo por el cual ha sido contratado, por una empresa o particular legítimamente, siendo el detective privado el único profesional legalmente autorizado para realizar este tipo de investigaciones y presentar el correspondiente informe, realizando una labor exclusiva y excluyente.

Entre los diferentes tipos de informes judiciales debe diferenciarse los informes periciales de los informes de carácter testifical.

En el informe pericial el detective privado presentara unos resultados tras unos estudios o investigaciones sobre un asunto en concreto basado en una serie de conocimientos técnicos específicos sobre una materia de la cual el detective es experto.

El informe testifical

En el informe testifical el detective presentará una serie de datos obtenidos como profesional especifico en la obtención de pruebas de tipo testifical, siendo un testigo idóneo y profesional de los hechos acontecidos in situ. El informe se convertirá en el momento en que el juez lo admita en una prueba testifical. No obstante no debe olvidarse que en el sistema procesal español el juez tiene la facultad de la libre apreciación de prueba sin embargo raro sería que el juez no acepte una prueba que cumple con todos los requisitos que marca la ley, ya que el deber del juez es administrar justicia y contar con todos los medios que se hallen a su alcance. El informe testifical vendrá acompañado de una documentación anexa con pruebas de tipo fotográficas o vídeo gráficas principalmente que complementarán dicha prueba testifical convirtiéndose estás últimas en pruebas fotográficas o vídeo gráficas.

El informe testifical se caracteriza por su total objetividad ya que plasma exactamente la realidad de unos hechos que se están produciendo en tiempo real sin llegar a plantear ningún tipo de valoración, tan sola la percibida por los sentidos y la que es registrada por la tecnología fotográfica o vídeo gráfica.

Algunos autores consideran que el detective pude ser también considerado un testigo-perito al presentar el informe testifical ya que posee unos conocimientos técnicos específicos en su labor profesional de ser testigo idóneo sobre unos hechos determinados.

Los informes deberán ser ratificados por el detective privado ante el tribunal judicial en la vista oral y el detective deberá someterse al interrogatorio de partes, tras reconocer la autoría del mismo y prestar juramento ante el tribunal.